Sentencia N° 368 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0368, Exp. 17-1206, 11/05/2018
Expediente17-1206
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2018-05-11
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 339 de la Sala de Casación Civil, que había declarado sin lugar un recurso de casación interpuesto por Jorge Romero Rondón contra Chevron Global Technology Services Company. El peticionante alegó que la sentencia era inmotivada y no cumplía con los criterios jurisprudenciales establecidos para la fijación de indemnizaciones por daño moral. La Sala Constitucional encontró que efectivamente la decisión carecía de la motivación adecuada y ordenó la anulación de la sentencia recurrida, reponiendo la causa para que se dicte un nuevo fallo conforme a derecho.

Extracto de la motiva

Que, “…para cuantificar el daño cometido, el juez en el ejercicio de su prudencia dentro de sus facultades jurisdiccionales, debe tener muy en cuenta, varias consideraciones, entre ellas: a) Culpabilidad del ofensor; b) Calidad de vida de la víctima; c) Gravedad de la ofensa; d) Grado de sensibilidad del ofendido; e) Proporcionalidad entre la reparación y el daño; y f) Daño reflejo”. Que, “…lo idóneo era que el Juzgador partiera de estudiar las condiciones socioeconómicas de la víctima, el estrato social y empresarial a que pertenece para saber las oportunidades de crecimiento personal, profesional y económico; lo cual va en sintonía con la máxima en materia de indemnización de daños y perjuicios: ‘la indemnización debe colocar a la víctima en una similar posición a la que se encontraba antes de acaecer el daño, lo contrario es empobrecimiento’”. Que, “…de la doctrina judicial desarrollada por la Sala de Casación Civil antes citada (criterio ratificado además en decisión N° RC.000161 del 11 de marzo de 2016) se desprende que, en la sentencia que condene al pago de una indemnización por daño moral, es necesario que el juez valore y justifique los siguientes supuestos de hecho: 1.- La importancia del daño. 2.- El grado de culpabilidad del autor. 3.- La conducta de la víctima, sin cuya acción no se hubiera producido el daño. 4.- La llamada escala de los sufrimientos morales, valorándolos, pues no todos tienen la misma intensidad, por las distintas razones que puedan influir en ellos para llegar a una indemnización razonable, equitativa, humanamente aceptable. 5.- El alcance de la indemnización, y 6.- Los pormenores y circunstancias que influyeron en su ánimo para fijar el monto de la indemnización por daño moral”. Que, “...es primordial mencionar que tratándose el caso de autos de la afectación del derecho al honor del solicitante con motivo de varias publicaciones periodísticas, es obvio considerar que en ellos se produjo una afectación de tipo moral, espiritual y emocional de gran envergadura, lo cual causó una lesión en su patrimonio moral, circunstancia que ha debido tomar en cuenta la Sala de Casación Civil para realizar una re-evaluación del monto indemnizatorio”. Que, “…en procura pues, de un restablecimiento del equilibrio moral que fuere alterado por las incidencias del hecho dañoso, se trae a colación el régimen de inestabilidad económica en los trece (13) años que tiene este proceso, y que finalmente tales variaciones económicas tienen repercusión en la fijación del monto fijado por concepto de daño moral”.

Dispositiva

HA LUGAR la solicitud de revisión de la sentencia n.° 339 dictada por la Sala de Casación Civil en fecha 25 de mayo de 2017, la cual declaró sin lugar el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada el 26 de octubre de 2015, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. ANULA la precitada sentencia y REPONE la causa al estado en que la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (Accidental), dicte nuevo fallo sin incurrir en las lesiones delatas en el presente asunto.

Palabras clave

revisióndaño moralindemnizacióninmotivación

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