Sentencia N° 368 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de abril de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 368, Exp. 07-1608, 02/04/2009
Expediente07-1608
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-04-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo constitucional interpuesta por Dayiana Inés Noda Ordosgoite contra una decisión de la Corte Superior Segunda del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente. La Sala ordenó la comparecencia de la menor involucrada en el caso y la notificación de las partes para que cumplan con lo ordenado. Además, se solicitó información sobre los movimientos migratorios de la ciudadana Noda Ordosgoite y su hija.
Extracto de la motiva
En el presente caso se interpuso acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada el 3 de mayo de 2007, por la Corte Superior Segunda del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró: i) con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano Rubén Darío Rodríguez Sánchez, titular de la cédula de identidad N° 6.349.306; ii) anuló el fallo dictado el 8 de diciembre de 2006, por la Sala de Juicio N° 4 del Circuito Judicial de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas del Área Metropolitana de Caracas; iii) con lugar la solicitud de ejercicio legal de la guarda de su menor hija cuya identificación se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente solicitada por el referido ciudadano y, iv) sin lugar la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana Dayiana Inés Noda Ordosgoite. Al respecto, se advierte que una vez realizado el estudio de las actas procesales que conforman el presente expediente, la Sala a fin de emitir una decisión ajustada a derecho, con fundamento en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y de conformidad con los artículos 12 de la Ley Aprobatoria de la Convención de los Derechos del Niño, 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y del artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales consagran el derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados en juicios cuando dichos procesos judiciales los afecten directa o indirectamente, esta Sala ORDENA la comparecencia imprescindible de la niña, a que se refiere la presente acción de amparo, en la oportunidad en que se celebre la audiencia constitucional, a fin de ser oída por la Sala en acto aparte, previo a la celebración de tal audiencia, para lo cual se ordena la notificación del ciudadano Rubén Darío Rodríguez Sánchez –padre de la referida niña- por ser quien ejerce la patria potestad, remitiendo de forma inmediata copia certificadas de las resultas de la notificación.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA la notificación de los ciudadanos DAYIANA INÉS NODA ORDOSGOITE, titular de la cédula de identidad número 10.818.963 y RUBÉN DARÍO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.349.306, a fin de que den cumplimiento a lo ordenado en el presente auto. Asimismo, se ORDENA oficiar a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a fin de que remita en el término establecido la información que le fue requerida. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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