Sentencia N° 3645 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3645, Exp. 05-1940, 06/12/2005
Expediente05-1940
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente de acción de amparo constitucional interpuesto por Rennie Rafael Antunez contra la Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Mérida, debido al retardo en decidir un recurso de apelación. La Corte de Apelaciones se declaró incompetente y remitió el caso a la Sala Constitucional. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que era competente para conocer de la acción de amparo y solicitó un informe a la Corte de Apelaciones sobre el trámite del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Rennie Rafael Antunez, considera que la pretensión de tutela constitucional deviene del retardo procesal en que ha incurrido la Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida al no decidir el recurso de apelación que ejerció su defensa contra la medida judicial privativa de libertad que le fue decretada. En virtud de lo anterior, esta Sala resulta competente para conocer de la acción de amparo incoada, y así se declara.
Dispositiva
La Sala Constitucional acuerda requerir a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida un informe pormenorizado del trámite dado al recurso de apelación ejercido por la defensa del ciudadano Rennie Rafael Antunez. La información en referencia deberá ser remitida a esta Sala dentro del lapso de cinco días contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, y así se declara. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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