Sentencia N° 3639 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3639, Exp. 05-1749, 06/12/2005
Expediente05-1749
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Nelly Arguello Oliveros e Infiniti Electronic de Venezuela C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero que había declarado inadmisible la acción de amparo. La Sala argumentó que la intimación realizada a la abogada Jossie Patricia Rondón Laya, quien no tenía la representación legal de la empresa demandada, vulneró los derechos a la defensa y al debido proceso de Infiniti Electronic de Venezuela C.A.
Extracto de la motiva
La acción de amparo tiene un carácter extraordinario, esto es, solo procede cuando a través de la vía procesal ad hoc, resulte imposible el restablecimiento inmediato de la situación existente con antelación a los hechos que violen, amenacen o vulneren un derecho de rango constitucional, por lo que del estudio de la causa de marras este Sentenciador considera que la pretensión de la accionante a través del amparo escapa a la naturaleza misma de este procedimiento y de su finalidad, dirigida, como resultado de la violación o amenaza de violación de un derecho o garantía constitucional; contrariamente a lo pretendido por la quejosa al formular su solicitud, de cuyo contenido se deriva que las violaciones denunciadas corresponden directamente a la citación realizada a la abogada Jossie Patricia Rondón quien presuntamente se dio por notificada sin tener la representación de la Sociedad Mercantil INFINITI ELECTRONIC DE VENEZUELA C.A., solicitando la nulidad del auto de admisión de la demanda (del 04 de abril de 2003) y de la decisión que decretó firme la intimación (del 16 de junio de 2003), dándose a entrever la existencia de un fraude procesal.
Dispositiva
Se declara con lugar la apelación ejercida por el apoderado judicial de la ciudadana NELLY ARGUELLO OLIVEROS e INFINITI ELECTRONIC DE VENEZUELA C.A. Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por NELLY ARGUELLO OLIVEROS e INFINITI ELECTRONIC DE VENEZUELA C.A. y en consecuencia; se declara la nulidad de las actuaciones ocurridas en el juicio por cobro de bolívares seguido por Inversiones D’ House & Electronics C.A. contra Infiniti Electronics de Venezuela C.A. y se repone la causa al estado en que admita la demanda y se ordene la intimación en la persona del representante legal de la empresa.
Palabras clave
amparo constitucionalintimaciónderecho a la defensafraude procesaldebido procesonulidadrepresentación legal