Sentencia N° 3635 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3635, Exp. 03-1192, 19/12/2003
Expediente03-1192
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por Guillermo Heredia Rodríguez en representación de José Antonio Wahab Coronado. La acción se basaba en la supuesta violación del debido proceso por la apertura de un Consejo de Investigación en su contra. La Corte declaró inadmisible la acción de amparo, argumentando que la situación jurídica presuntamente infringida era irreparable, dado que el Consejo de Investigación ya había sido abierto.
Extracto de la motiva
En virtud de lo anterior, visto que en el presente caso la presunta lesión al derecho constitucional del accionante emana del Ministro de la Defensa, cuya actividad, en la materia que nos ocupa, está sometida al control de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, conforme al fallo parcialmente trascrito, esta Corte se declara incompetente para conocer y decidir acerca de la solicitud de amparo interpuesta y, en consecuencia, declina el conocimiento de la presente causa en la referida Sala. Así se decide.
Dispositiva
1.- Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo. 2.- Declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado GUILLERMO HEREDIA RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Mayor (GN) JOSÉ ANTONIO WAHAB CORONADO, contra la orden de apertura de un Consejo de Investigación contra su representado. Publíquese y regístrese. archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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