Sentencia N° 362 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de marzo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0362, Exp. 24-1259, 18/03/2025
Expediente24-1259
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-18
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 474 dictada por la Sala de Casación Penal, que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por Daniel Alexander Zapata Zuria. El solicitante argumentó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso, alegando que no fue notificado de decisiones clave en su caso. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la Sala de Casación Penal actuó conforme a derecho y que la decisión impugnada no impedía la continuación del procedimiento.

Extracto de la motiva

Ahora bien, de un análisis de la decisión que se recurre, emitida por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 9 de enero de 2024, puede concluirse que la misma no puede ser objeto del recurso de casación, toda vez que no se trata de las decisiones expresamente señaladas en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, dado que a través de la misma se declara, simplemente, la improcedencia de una solicitud incoada por el ciudadano Daniel Alexander Zapata Zuria, fundamentada en la devolución del expediente contentivo de la incidencia de apelación. De manera que, contrario a lo sostenido por el recurrente, la decisión emitida por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, no hace imposible la continuación del procedimiento, ni impide su continuación. En consecuencia, visto que en el caso que nos ocupa no se cumple con el requisito de admisibilidad referido a la recurribilidad de la sentencia, resulta imperioso para la Sala de Casación Penal, declarar INADMISIBLE el Recurso de Casación, interpuesto en fecha 19 de enero de 2024, por el ciudadano Daniel Alexander Zapata Zuria, titular de la cédula de identidad número V-12.608.372, víctima en la presente causa, asistido por el abogado José Antonio Castillo Suárez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 30.911, en contra de la decisión dictada por la Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 9 de enero de 2024, a través de la cual declaró IMPROCEDENTE la solicitud de devolución del expediente donde cursó la incidencia de la apelación, por no cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 451 en relación con el artículo 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, asistido por el abogado Antonio José Zambrano, de la sentencia n.° 474 dictada el 11 de octubre de 2024, por la Sala de Casación Penal.

Palabras clave

recurso de casaciónimprocedenciaderecho a la defensatutela judicialCódigo Orgánico Procesal Penal

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