Sentencia N° 360 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 360, Exp. 10-0963, 24/03/2011
Expediente10-0963
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por YV CREATIVIDAD 205, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario que declaró inadmisible la demanda de amparo. La Sala argumenta que la amenaza invocada por la parte accionante no cumple con el carácter de inminencia, ya que el acto administrativo cuestionado es un mero trámite que no tiene efectos definitivos. Se concluye que la decisión del tribunal inferior se encuentra acorde a derecho y se confirma la inadmisibilidad del amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la amenaza invocada por la parte accionante no cumple con el carácter de inminencia, toda vez que de los argumentos esgrimidos y de las pruebas presentadas se deduce que la Dirección de Administración Tributaria sólo le notificó del Acta Fiscal D.A.T.-G-A-F: 281-67-2010 que arroja las resultas del procedimiento de fiscalización y determinación de los posibles impuestos dejados de sufragar, siendo un acto de mero trámite de la administración que no tiene efectos definitivos dentro del procedimiento de primer grado. En efecto, la Administración tributaria le especificó al supuesto contribuyente que luego de notificarle de dicha acta tendría lugar a la sustanciación del procedimiento administrativo correspondiente, en los términos de los artículo 185 y 188 del Código Orgánico Tributario.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Ricardo De Armas Massaguer, en su carácter de apoderado judicial de YV CREATIVIDAD 205, C.A., contra la sentencia dictada el 31 de mayo de 2010 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia de amparo dictada el 31 de mayo de 2010 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional interpuesta por YV CREATIVIDAD 205, C.A., contra la Gerencia de Auditoría Fiscal de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos constitucionalesimpuestosprocedimiento administrativoinminenciagarantías constitucionales

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