Sentencia N° 36 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2024

TSJ/SC, Sent. N° 0036, Exp. 21-0258, 05/02/2024
Expediente21-0258
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-02-05
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda de nulidad interpuesta por Argenis José González Salas contra la resolución 005-2020 de la Sala de Casación Civil. La Sala declaró su incompetencia para conocer del caso, argumentando que la competencia corresponde a la Sala Político Administrativa, dado que se impugnaba una resolución administrativa. La decisión incluyó la remisión del expediente a la Sala correspondiente.

Extracto de la motiva

Que “(…) la resolución impugnada 005-2020 la constitución y el Código de Procedimiento Civil y demás leyes... con los despachos virtuales a gusto del ejecutivo que se declara radical cuando quiere y flexible cuando quiere ... con el cuento del corona virus (sic) pandemia covid 19....las causas viejas se paralizan y los jueces quieren engavetarlas ... las causas nuevas violan el procedimiento debido ....piden requisitos que no pide el Código de Procedimiento Civil... hacen pagar planillas para enviar en pdf (sic) todo y para escanearlo... no hay ninguna unidad receptora de documentos... hay dos fechas una cuando se envía otra cuando la reciben en físico ....para todo quieren que se pague un formato costoso para las partes....es difícil estar a una hora determinada como en el Código de Procedimiento Civil derogado de 1916 ... Cuantos no se han muerto de un infarto por estar a la hora en el tribunal y una cola la falta de gasolina o las escaleras del Ariza (sic) donde no hay ascensor porque el TSJ (sic) no paga los alquileres o lo que paga es tan poco que no alcanza desde años para arreglar los ascensores.... mandar escaneadas las pruebas es altamente costoso lo cual excluye del proceso a los pobres que deberían ser iguales todos ante la ley y el proceso... las sentencias no se las envían a las partes ... si la contraparte no tiene celular ni correo es imposible la y reanudación de la causa ... los actos de informes cuestan para hacerlos porque no hay cómo chequear el cómputo de los lapsos y los jueces quieren paralizarlo todo para no estudiar y no decidir... los amparos más de un año sin juez accidental .... Envían los expedientes y no los envían realmente ... envían oficios y no los envían y si los llegan a enviar no les responden ... quieren dólares para todo ...y un salario de 3 dólares deja fuera a la inmensidad de ciudadanos (…)”.

Dispositiva

1.- INCOMPETENTE para conocer y decidir la demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad conjuntamente con medida cautelar, interpuesta por el abogado ARGENIS JOSÉ GONZÁLEZ SALAS, actuando en nombre propio; contra la resolución número 005-2020, emanada de la Sala de Casación Civil de este máximo Tribunal Supremo de Justicia, que estableció el despacho virtual en los tribunales de la jurisdicción civil, a partir del 5 de octubre de 2020. 2.- DECLINA LA COMPETENCIA para conocer y decidir el presente asunto a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- ORDENA la remisión del presente asunto a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

inconstitucionalidaddespacho virtualderecho a la defensaCódigo de Procedimiento Civilacceso a la justiciamedida cautelar

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