Sentencia N° 36 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de enero de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 36, Exp. 08-0171, 30/01/2009
Expediente08-0171
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-01-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a un recurso de apelación, declaró con lugar la apelación interpuesta por Franklin Ricardo Arias Reyes contra una sentencia del Juzgado Superior Civil que había declarado el abandono del trámite en un juicio de amparo. La Sala anuló la audiencia celebrada el 15 de enero de 2008, argumentando que no se cumplió con el debido proceso al no respetar los plazos establecidos para la celebración de la audiencia pública. Se ordenó la reposición del proceso al estado de fijar una nueva audiencia pública.

Extracto de la motiva

La parte demandante denunció la violación a sus derechos constitucionales por cuanto se homologaron unas transacciones en las que el ciudadano Franklin Ricardo Arias Siritt, en nombre de El Derdy de la Victoria C.A. y Centro Hípico El Faraón C.A., dio en pago a Franklin Ricardo Arias Reyes, acciones propiedad del supuesto agraviado en esas compañías. La sentencia objeto de apelación declaró: el abandono del trámite por cuanto la parte actora no concurrió a la audiencia pública y, por razones de orden público, anuló los juicios originarios. El ciudadano Franklin Ricardo Arias Reyes apeló por cuanto consideró que, en virtud del abandono del trámite, debió declararse el desistimiento de la acción, pues no había razones de orden público que justificaran la intervención del Juzgado constitucional y la declaración del fraude procesal.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación que incoó el ciudadano Franklin Ricardo Arias Reyes contra la sentencia que dictó, el 15 de enero de 2008, el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, ANULA la audiencia que fue celebrada en esa misma oportunidad, y REPONE el presente proceso al estado de que, previa notificación a las partes y al Ministerio Público, se fije y celebre nueva audiencia pública.

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