Sentencia N° 359 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0359, Exp. 18-0042, 19/11/2019
Expediente18-0042
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-19
DecisiónHa lugar la solicitud de revisión y se anula el fallo objeto de revisión.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior Noveno que había declarado improcedente la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento. La Sala determinó que el fallo impugnado contradecía criterios establecidos sobre la tácita reconducción de contratos de arrendamiento, lo que vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. En consecuencia, se anula la decisión del Juzgado y se ordena que otro Juzgado Superior emita un nuevo pronunciamiento conforme a los criterios expuestos.
Extracto de la motiva
motiva. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la defensa perentoria de fondo de inadmisibilidad opuesta por la representación de la parte demandada, conforme las estipulaciones indicadas ut supra. TERCERO: IMPROCEDENTE el alegato de nulidad de la notificación extrajudicial de fecha 03 de octubre de 2014, realizada por la Notaría Pública Octava del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 03 de octubre de 2013, propuesto por la representación judicial de la parte demandada. CUARTO: SIN LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato de arrendamiento que intentara la sociedad mercantil INMOBILIARIA DIAMANTINA, C.A. en contra de la sociedad mercantil IMPORTADORA BOUNCE, C.A., suficientemente identificadas ut supra. QUINTO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber sido totalmente vencida en juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil” (Mayúsculas del fallo). IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 35 El 15 de enero de 2018, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, quien con tal carácter suscribe el presente fallo. El 4 de abril de 2018, el abogado Luís Antonio Sifontes Rojas, ya identificado, actuando en su carácter de autos consignó escrito solicitando pronunciamiento en la presente causa. Realizado el estudio individual de las actas que conforman el presente expediente, esta Sala Constitucional pasa a decidir previas las siguientes consideraciones. I DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN El apoderado judicial del solicitante fundamentó su escrito con base en los siguientes argumentos: Que “(…) [su] representada (…) demand[ó] por Cumplimiento (sic) de Contrato (sic) de Arrendamiento (sic) por Vencimiento (sic) de Prórroga (sic) Legal (sic) a la sociedad mercantil IMPORTADORA BOUNCE, C.A., respecto a un local comercial ubicado en la Avenida José Antonio Páez de la Urbanización El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, identificado con la letra
Dispositiva
Se anula el fallo objeto de revisión y se ordena que otro Juzgado Superior de la misma Circunscripción Judicial, una vez efectuada la distribución correspondiente, dicte nueva decisión conforme a lo expuesto en el presente fallo.
Palabras clave
revisióncontrato de arrendamientotácita reconducciónderecho a la tutela judicial efectivadebido proceso