Sentencia N° 359 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 359, Exp. 14-0388, 17/05/2016
Expediente14-0388
PonenteLourdes Benecia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónExtinción de la instancia por pérdida del interés

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la instancia por pérdida del interés en la demanda de amparo interpuesta por José Espinoza Reyes contra Cruz Lairet, Alcalde del Municipio García del Estado Nueva Esparta. La acción fue presentada el 25 de marzo de 2014, alegando la omisión de medidas para prevenir disturbios públicos. Sin embargo, se constató que desde el 21 de abril de 2014 no hubo actividad procesal por parte del demandante, lo que llevó a la Sala a considerar que existía una falta de interés en continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, y en razón de que esta Sala se declaró competente para conocer de la presente acción mediante decisión N° 670 11 de junio de 2014, pasa a decidir y advierte que el 21 de abril de 2014, se recibió en esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, oficio Nº O/169-14 del 28 de marzo de 2014, proveniente del Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, anexo al cual remitió el expediente contentivo de la acción amparo, así como se ordenó al accionante corregir su escrito por oscuro, siendo que en ningún momento desde que se recibió el expediente, el accionante ha realizado cualquier actuación en el expediente de la causa. A tal efecto, se observa que consta en actas que desde el 21 de abril de 2014 cuando interpuso la acción en la que solicitó la tutela preferente del amparo, con miras supuestamente a una solución urgente, no se ha actuado más en el expediente, lo que evidencia una absoluta ausencia de actividad e interés en la resolución de la misma. Ahora bien, en este tipo de demandas, la Sala ha señalado que no procede la perención, pero sí la declaratoria de pérdida de interés procesal de la parte actora. Al respecto, en sentencia número 228, caso: Asociación de Vecinos Lomas de la Esmeralda, Segunda Etapa (ASOLOMES) dictada el 13 de abril de 2010, se estableció que: “(…) la Sala ha de reiterar una vez más el criterio establecido, sostenido y reiterado, en relación a la aplicación de la figura de la perención en los procesos en los cuales se encuentran involucrados los derechos o intereses colectivos o difusos. Al respecto, esta Sala ha dejado sentado que no procede esta figura procesal sino que lo pertinente es la extinción de la instancia por pérdida del interés de la parte actora, entre otras sentencias como la N° 2867/03.11.2003 y N° 4602/13.12.2005, que “… tal como se ha señalado en sentencias anteriores, se ratifica el criterio respecto a que los derechos e intereses colectivos y difusos son de orden público, razón por la cual a las acciones que son intentadas para su protección no les es aplicable la perención de la instancia.” En tal sentido, no es procedente la solicitud efectuada de declarar la perención de la instancia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la demanda contra el ciudadano Cruz Lairet, en su condición de Alcalde del Municipio García del Estado Nueva Esparta, por la presunta conducta omisiva en tomar acciones o medidas necesarias para prevenir o evitar disturbios o desórdenes públicos. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase con lo ordenado.

Palabras clave

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