Sentencia N° 3564 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3564, Exp. 05-2321, 02/12/2005
Expediente05-2321
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Willan Orlando Ojeda Orozco y Pablo González Gutiérrez contra el Consejo Nacional Electoral. Los accionantes alegaron que la utilización de máquinas 'capta huellas' en el proceso electoral violaría el secreto del voto, pero la Sala determinó que no existía una amenaza inminente a los derechos alegados, ya que el Consejo Nacional Electoral no utilizaría dichas máquinas en los comicios convocados.
Extracto de la motiva
Los accionantes fundamentaron la acción interpuesta, en la presunta amenaza de lesión al derecho al sufragio consagrado en el artículo 63 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se concretaría por la utilización de las denominadas máquinas 'capta huellas' en el proceso comicial convocado para elegir a los diputados a la Asamblea Nacional. En tal sentido, alegaron que existe la posibilidad de que, con la utilización de un 'software', se revierta la secuencia de los sufragios almacenados en las máquinas de votación y que esta información sea copiada por el Consejo Nacional Electoral o por cualquiera que tenga acceso a dichos sistemas, con lo cual se vulneraría el carácter secreto del voto. Con respecto a lo anterior, esta Sala advierte que, en reiteradas oportunidades, ha sostenido que la acción de amparo constitucional constituye un mecanismo procesal destinado a tutelar derechos y garantías constitucionales que hayan sido infringidos, o se encuentren amenazados de serlo, en una situación jurídica determinada. En tal sentido, la redacción de los artículos 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no dejan duda respecto de la finalidad de este específico medio judicial de tutela constitucional, la cual consiste en la protección del goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales a fin de restablecer la situación jurídica infringida o la que más se asemeje a ella.
Dispositiva
De acuerdo con la motivación expuesta, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por los ciudadanos Willan Orlando Ojeda Orozco y Pablo González Gutiérrez, contra el Consejo Nacional Electoral. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
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