Sentencia N° 356 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0356, Exp. 18-0783, 19/11/2019
Expediente18-0783
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación contra una decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, que había declarado con lugar una acción de amparo constitucional. La apelación fue interpuesta por las abogadas Mialys del Valle Agüero y Daimarys Torres, en representación del ciudadano Nelson Antonio Angulo Angulo. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y, tras analizar los argumentos, decidió revocar la sentencia apelada y reponer la causa a un Juzgado de Primera Instancia para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
En consecuencia, evidenciada la falta de competencia, del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para conocer la acción de amparo incoada en contra de la sentencia dictada, el 20 de abril de 2018, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción del Estado Lara, toda vez que la competencia para conocimiento de la tutela constitucional correspondía a un Juzgado de Primera Instancia que fuese afín con la materia y que perteneciera a la misma Circunscripción Judicial, y siendo tal competencia de orden público, se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que dictó, el 22 de octubre de 2018, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por ende, se revoca la decisión recurrida y se repone la causa al estado de que un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se pronuncie sobre la admisibilidad de la pretensión de amparo intentada. Así se decide.
Dispositiva
1. CON LUGAR la apelación ejercida por las abogadas Mialys del Valle Agüero y Daimarys Torres, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 22 de octubre de 2018. 2. Se REVOCA la apelada decisión. 3. Se REPONE la causa al estado de un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.