Sentencia N° 356 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de marzo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 356, Exp. 06-1888, 07/03/2008
Expediente06-1888
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-03-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a un amparo constitucional interpuesto por el Banco Mercantil C.A., ordenó la notificación a Marjorie Inmaculada Benfele Rojas, quien fue omitida en el dispositivo de una sentencia anterior. Se destaca la importancia de preservar los derechos constitucionales a la tutela judicial eficaz y al debido proceso. La audiencia pública se difiere hasta que se realice la notificación correspondiente.

Extracto de la motiva

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente expediente, se observa que en el dispositivo de la sentencia n.° 590, del 9 de abril de 2007, esta Sala omitió la orden de notificación a la ciudadana Marjorie Inmaculada Benfele Rojas, titular de la cédula de identidad n.° 4.770.832, parte intimada en el juicio de ejecución de hipoteca en el cual se emitió la decisión objeto del presente amparo. En aras de la preservación de los derechos constitucionales a la tutela judicial eficaz, a la defensa y al debido proceso, a que se contraen los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena a la Secretaría de la Sala la práctica de la notificación de la ciudadana Marjorie Inmaculada Benfele Rojas, quien debe considerarse como tercera interesada en la presente causa, para que asista y alegue lo que a bien tuviere en la audiencia pública, cuya oportunidad de celebración deberá ser fijada por la Secretaría de esta Sala, una vez que conste en autos la práctica de su notificación, por tratarse de una decisión judicial que eventualmente afectaría sus derechos e intereses.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA la notificación a la ciudadana Marjorie Inmaculada Benfele Rojas, quien ya fue identificada; a la cual deberá acompañarse copia del fallo n.º 590, del 9 de abril de 2007, de esta Sala, mediante el cual se admitió el presente procedimiento, y del escrito continente de la demanda de amparo, con la información de que podrá hacerse presente en la audiencia pública, cuyo día y hora serán fijados por la Secretaría de la Sala, para que exponga lo que estime pertinente acerca de la pretensión de amparo constitucional a que se contraen las presentes actuaciones.

Palabras clave

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