Sentencia N° 3545 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de noviembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3545, Exp. 03-2808, 17/11/2005
Expediente03-2808
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2005-11-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el avocamiento solicitado por Gladys Josefina Jorge Saad y otros, en relación con un juicio de responsabilidad patrimonial contra el Estado venezolano. La Sala se avocó al conocimiento de la causa contenida en el expediente N° 1998-14658, que fue remitido por la Sala Político Administrativa. Se ordena la notificación de la Procuradora General de la República para continuar con el procedimiento.

Extracto de la motiva

Visto que esta Sala conocerá de la demanda incoada contra el Estado venezolano por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA JORGE SAAD (vda.) DE CARMONA, RAMÓN OSCAR CARMONA JORGE, CARLOS EDUARDO CARMONA JORGE y OSWALDO JOSÉ CARMONA JORGE, por responsabilidad patrimonial del Estado, lo que motiva el emplazamiento de todas las partes afectadas para la continuación del procedimiento: Esta Sala ordena la notificación de la Procuradora General de la República, de la decisión N° 2569/2005, del 9 de agosto del 2005, y del presente auto, para emplazar y proseguir la causa, en cumplimiento del artículo 84 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

avocamientoresponsabilidad patrimonialEstado venezolanonotificaciónprocedimientoSala ConstitucionalLey Orgánica de la Procuraduría

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