Sentencia N° 3543 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de noviembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3543, Exp. 04-3177, 17/11/2005
Expediente04-3177
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La ciudadana Ana Teresa García de Cornet solicitó la revisión constitucional de una sentencia dictada por la Sala Político Administrativa que declaró la competencia de las Cortes de lo Contencioso Administrativo para conocer un recurso de nulidad. La Sala Constitucional, tras analizar la solicitud, determinó que no existían los elementos necesarios para la revisión, concluyendo que la decisión impugnada no violaba principios jurídicos fundamentales ni se dictó como consecuencia de un error inexcusable. Por lo tanto, se declaró no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el conflicto de competencia surgió entre la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a quien correspondía plantearlo ante esta Sala, por disponerlo así las normas procesales antes citadas, y no remitir a otro Juzgado el expediente para que conociera del recurso interpuesto. En tal sentido, y ante la conducta omisiva e irregular de la abogada Teresa García de Cornet, jueza que tiene a su cargo el referido Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, esta Sala considera que carecía de atribuciones legales para decidir cuál era el órgano jurisdiccional competente para conocer de la causa que le había sido declinada. En consecuencia, la actuación de la prenombrada jueza evidencia una flagrante contradicción con el ordenamiento jurídico, lo cual conduce a la violación de normas legales y constitucionales, que se traduce en grave error jurídico de carácter inexcusable. Así se decide.

Dispositiva

En los términos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por la ciudadana ANA TERESA GARCÍA DE CORNET, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, asistida por el abogado Mauricio Subero Mujica, antes identificado, contra la sentencia N° 1.878 del 20 de octubre de 2004, dictada por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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