Sentencia N° 353 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 353, Exp. 01-1209, 20/02/2003
Expediente01-1209
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre un recurso de amparo cautelar interpuesto por Jesús Solís Fernández, con el objetivo de suspender un remate en un juicio por cobro de bolívares. El Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil había declarado con lugar la demanda de amparo, suspendiendo el cómputo de días para el remate mientras se resolvía la apelación interpuesta por el abogado del accionante. La Sala ordena al Juzgado de segunda instancia que informe sobre la resolución de la apelación y, en caso de haber dictado sentencia, que remita copia certificada de la decisión.
Extracto de la motiva
Ahora bien, esta Sala considera necesario, a los fines de decidir sobre la presente apelación, determinar si el Tribunal Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, resolvió la apelación que interpuso el apoderado judicial del ciudadano Jesús Solís Fernández en el juicio principal. Por tal motivo, se ordena a la Secretaría de esta Sala que libre un oficio al referido Juzgado de segunda instancia para que, dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas, más ocho (8) días del término de la distancia, contados a partir de su notificación, informe a este Máximo Tribunal si fue resuelta la apelación que interpuso el abogado del accionante, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2000, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio por cobro de bolívares incoado por Inversora Astur S.R.L., contra el ciudadano Jesús Solís Fernández y Eulogia Gerardino, y que se le dio entrada en ese Tribunal Superior el 15 de mayo de 2001. Asimismo, en caso de haberse dictado sentencia, deberá remitir copia certificada de esa decisión.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparorematecobro de bolívaresapelaciónsuspensióntribunal superiorderechos constitucionales