Sentencia N° 352 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 352, Exp. 12-0031, 20/03/2012
Expediente12-0031
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-03-20
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 00755 de la Sala Político Administrativa, que declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por Inversiones Velicomen, C.A. contra una sanción impuesta por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo. La parte actora alegó que la sanción era injusta y que la conducta sancionada no estaba tipificada como punible en la ley. Sin embargo, la Sala Constitucional concluyó que la decisión de la Sala Político Administrativa no infringió principios jurídicos fundamentales y que la interpretación de la norma fue correcta.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, en ejercicio de su potestad de revisión, considera que la decisión cuya revisión se solicitó no infringió principios jurídicos fundamentales que estén contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tratados, pactos o convenios internacionales que hayan sido suscritos y ratificados válidamente por la República, ni contiene algún grotesco error de interpretación de alguna norma constitucional.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la revisión constitucional solicitada por el abogado Marco Trivella, en su carácter de apoderado judicial INVERSIONES VELICOMEN, C.A., de la sentencia n.°: 00755, dictada el 02 de junio de 2011 por la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal.

Palabras clave

sancionesturismoreglamentonormasadministracióncontrol de calidadderecho administrativo

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