Sentencia N° 352 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de mayo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 352, Exp. 09-1386, 10/05/2010
Expediente09-1386
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de revisión de decisiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo presentada por los abogados José Rafael Cabello Martínez y Juan Carlos Nicanor Noriega Rojas. Se destaca la importancia de salvaguardar la tutela judicial efectiva y la posibilidad del juez de requerir información necesaria para la resolución del caso. La Sala advierte sobre la responsabilidad administrativa en caso de incumplimiento de las órdenes emitidas.
Extracto de la motiva
En aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho, debe advertirse que a los fines de salvaguardar la tutela judicial efectiva en cada caso, le es dado al juez de la revisión constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento. En tal sentido, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, a tenor de lo previsto en el artículo 21 párrafo 13 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se considera imprescindible solicitar a la parte actora determine con exactitud respecto de cual decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo ejerce la solicitud extraordinaria de revisión constitucional, ello por cuanto por una parte aduce que requiere la revisión de la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo del 23 de agosto de 2005, en el expediente N° AP42-O-2005-000605, a través de la cual se declaró con lugar la apelación ejercida contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental del 15 de septiembre de 2003, mediante la cual se declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta contra la sociedad mercantil Aguas de Monagas, C.A., por no acatar la orden emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas contenida en la providencia administrativa N° 300 del 6 de febrero de 2003, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos a favor de un grupo de ciudadanos; revocó el fallo apelado y declaró con lugar el amparo interpuesto; y por otra parte se refiere a la decisión del 3 de diciembre de 2008, en el expediente N° AP42-R-2006-002432, a través de la cual se resolvió sobre la apelación de la decisión de la sentencia del 19 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado Superior Agrario y Civil (Bienes) del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, en la cual se declaró extinguida la instancia y desistido el recurso de nulidad intentado por Aguas de Monagas, C.A., en la cual se ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de un grupo de trabajadores, declarando sin lugar la apelación interpuesta y, en consecuencia, confirmando la decisión del juzgado de primera instancia.
Dispositiva
Se advierte que la omisión en el cumplimiento del anterior mandato, podría acarrear responsabilidad administrativa, ello de conformidad con el numeral 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que prevé la posibilidad de aplicar “(...) multa que oscilará entre el equivalente de mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.), a los funcionarios de los órganos del Poder Público que, estando obligados a hacerlo, no acataren sus órdenes ni le suministraren oportunamente las informaciones, datos o expedientes que solicitare de ellos, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar”. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo solicitado.
Palabras clave
tutela judicialrevisión constitucionaldecisión administrativaresponsabilidad administrativaLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia