Sentencia N° 35 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de febrero de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0035, Exp. 24-1153, 05/02/2025
Expediente24-1153
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-02-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Leonel Rosellón León contra dos decisiones judiciales, argumentando inepta acumulación de pretensiones. Se señala que el demandante no puede acumular en un mismo escrito pretensiones contra diferentes órganos jurisdiccionales, ya que cada uno tiene competencias distintas. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en precedentes jurisprudenciales que establecen la inadmisibilidad en casos de acumulación inadecuada.

Extracto de la motiva

MOTIVAN ESTE AMPARO En [su] carácter de [a]graviado y a través de esta solicitud, y atendiendo a lo ordenado en la Ley Orgánica de Amparo, paso a describirle la narrativa de los [h]echos, [a]ctos y [o]misiones y demás [c]ircunstancias que [m]otivan este [a]mparo [c]autelar: Es el caso ciudadano(a) JUEZ(A), (sic) de este digno [t]ribunal, que ha sucedido en primer lugar que, en la oportunidad debida [su] persona interpuso, un RECURSO DE HECHO por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superiores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de [a]bril del 2024, lo cual riela a los folios 2 al 7, del [l]egajo que anexo marcado ‘B’; el cual fue acogido debidamente el día 02 de [m]ayo del 2024 (folio 8 del mismo anexo), por el Juzgado Superior Tercero (3°) de Segunda Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito (sic) y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Tribunal que omitiendo mis derechos reclamados, ante el primer [a]graviante [u]t [s]upra mencionado o [t]ribunal (4) de Primera Instancia, [se] lo declar[ó] [s]in [l]ugar en fecha 16 de [m]ayo del 2024; lo cual consta a los folios 12 al 24 del mencionado [l]gajo ‘B’. Sentencia que fue proferida específicamente por este [t]ribunal de [a]lzada, el mismo día (16/05/24),

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE por inepta acumulación, la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano LEONEL ROSELLÓN LEÓN, contra el auto emitido el 19 de marzo de 2024, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y contra el pronunciamiento judicial emitido por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la mencionada circunscripción judicial, el 16 de mayo de 2024.

Palabras clave

amparojusticiaderechosnotificacióntecnologíasconstitucióninquilinos

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