Sentencia N° 35 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de febrero de 2017

TSJ/SC, Sent. N° 35, Exp. 15-0824, 23/02/2017
Expediente15-0824
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-02-23
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no ha lugar la solicitud de revisión interpuesta por el abogado William Alexis Pérez, actuando como apoderado judicial de la empresa RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL, C.A. La revisión se solicitó en relación a una sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Lara, que había declarado sin lugar un recurso de apelación y confirmado la decisión de primera instancia en todos sus términos. La Sala argumentó que los alegatos presentados por el solicitante eran vagos e imprecisos y no demostraban la existencia de infracciones constitucionales.

Extracto de la motiva

La parte recurrente expuso en la audiencia que la sentencia apelada adolece de varios vicios. Señala que la primera instancia fundamentó su decisión en una providencia administrativa que declaró firme en ese momento, sin ser cierta dicha situación, considerándose únicamente la providencia, pero no el expediente administrativo, específicamente las pruebas evacuadas en dicho procedimiento, en el cual se demuestra que el trabajador no fue despedido, incurriendo la decisión en ultrapetita e inmotivación. Igualmente, manifiesta el demandado que en la audiencia se impugnaron unas documentales y se abrió una incidencia, en la cual no se demostró la validez de dichas instrumentales, por lo que debieron ser desechadas, lo cual no se mencionó en el fallo emitido; por otro lado, no se demostró en el expediente que el trabajador laborara en jornada de 24x24, lo cual se puede corroborar con los recibos de pago. Sobre los libros de novedades, no fueron presentados por estar en poder del trabajador, como él mismo lo manifestó, siendo dicha persona quien debió exhibirlos. Alega el apelante que la primera instancia indicó en su decisión una sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la cual no se adecuó al caso en concreto, razón por la cual existe inmotivación. Finalmente solicita por vía de excepción se declare la ilegalidad del acto administrativo y se revoque la sentencia recurrida.

Dispositiva

Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en asunto KP02-L-2013-205. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de primera instancia en todas y cada una de sus partes. TERCERO: Se condena en costas al recurrente conforme lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca