Sentencia N° 3498 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3498, Exp. 01-2551, 16/12/2003
Expediente01-2551
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Vicente Zárate Castellanos contra la omisión de pronunciamiento de la Sala Accidental N° 1 de la Corte de Apelaciones. El accionante alegó violaciones a su derecho al debido proceso, argumentando que se encontraba detenido injustamente sin sentencia. Sin embargo, se determinó que la Corte de Apelaciones había dictado una decisión que cesó la omisión denunciada, lo que llevó a la inadmisibilidad de la acción. La decisión fue firmada el 16 de diciembre de 2003.

Extracto de la motiva

El amparo constitucional constituye el medio a través del cual se protegen las garantías y derechos fundamentales que la Constitución reconoce a las personas, siguiendo un procedimiento breve, orientado al restablecimiento de la situación jurídica infringida, que opera cuando se dan las condiciones previstas en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En este sentido, la solicitud de amparo constitucional debe ajustarse a los requerimientos establecidos en la mencionada Ley Orgánica, cuyo artículo 6 señala expresamente las causales de inadmisibilidad de la acción, y dispone, en su numeral 1 que la misma no se admitirá “Cuando hayan cesado la violación o amenaza de algún derecho o garantía constitucionales, que hubiesen podido causarla”. En el caso examinado, el accionante denunció la violación del artículo 49 de la Constitución, que consagra el derecho al debido proceso, por parte de la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al incurrir en una omisión de pronunciamiento respecto a lo decidido por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia que declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el accionante contra el fallo que había declarado sin lugar la apelación interpuesta contra la sentencia condenatoria dictada en primera instancia y ordenó que se dictara una nueva decisión.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano VICENTE ZÁRATE CASTELLANOS, contra la omisión de pronunciamiento de la Sala Accidental N° 1 de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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