Sentencia N° 349 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de mayo de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 349, Exp. 13-1025, 05/05/2014
Expediente13-1025
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Vicky Lee De Gordillo en representación de Rafael Ventura Pérez Ytao. La acción fue presentada contra decisiones de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones y Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Carabobo, que habían declarado inadmisibles pruebas y la solicitud de libertad sobrevenida del quejoso. La Sala requirió información adicional sobre el estado del recurso de apelación en cuestión, estableciendo un plazo para su remisión.

Extracto de la motiva

Ahora bien, esta Sala, antes de pronunciarse sobre la admisibilidad del asunto sometido a su conocimiento, estima necesario REQUERIR a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, información sobre el estado actual del recurso de apelación que intentó el quejoso y en caso de haber decidido el mismo, remitir copia certificada del referido fallo. La información solicitada deberá ser remitida dentro del lapso de dos (2) días contínuos, siguientes a su notificación, más el término de la distancia que en el presente caso es dos (2) días, en caso contrario la Sala le informa al tribunal a quo, que de no acatar la orden impartida en el presente auto, le impondrá la sanción contenida en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

La Sala requiere a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, información sobre el estado actual del recurso de apelación que intentó el quejoso y en caso de haber decidido el mismo, remitir copia certificada del referido fallo.

Palabras clave

amparo constitucionallibertad sobrevenidaCorte de Apelacionesresponsabilidad penaldelitoLey Contra la Corrupción

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