Sentencia N° 3487 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3487, Exp. 05-0602, 11/11/2005
Expediente05-0602
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa la decisión del Tribunal Primero de Ejecución que desaplicó el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, considerando que colide con varios artículos de la Constitución. Se solicita al tribunal de origen que informe si la decisión está definitivamente firme. La sentencia se basa en el control difuso de constitucionalidad y otorga beneficios a las penadas.
Extracto de la motiva
Observa la Sala, que la sentencia dictada, el 11 de marzo de 2005, por el Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, desaplicó por control difuso de la constitucionalidad el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el mismo colide con los artículos 272, 19 y 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con lo previsto en los artículos 2 y 7 del Pacto de San José de Costa Rica, con el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y con los artículos 7, 61 y 64 de la Ley de Régimen Penitenciario y con fundamento en dicha desaplicación decidió incluir a las penadas en la próxima lista de actas de redención de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa, otorgándoles el beneficio de la suspensión condicional de la pena.
Dispositiva
Esta Sala Constitucional, con fundamento en las anteriores consideraciones, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicita al Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que INFORME dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente fallo, si la decisión sometida a revisión se encuentra definitivamente firme. Publíquese, regístrese. Cúmplase con lo ordenado.