Sentencia N° 3484 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3484, Exp. 03-1911, 12/12/2003
Expediente03-1911
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-12
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por defensores de un adolescente, quien fue privado de libertad sin el debido proceso. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que la situación jurídica del adolescente había cesado. La Sala Constitucional, al revisar el caso, determinó que la acción de amparo no era procedente, ya que la violación alegada había sido subsanada.

Extracto de la motiva

La norma transcrita, exige, por argumento en contrario, como presupuesto de admisibilidad para el ejercicio de la acción de amparo, que la amenaza o violación del derecho o garantía constitucional se encuentren vigentes. Por tanto, al comprobarse en el presente caso que cesó la violación del derecho constitucional alegado como conculcado por los Defensores del accionante, esta Sala debe confirmar la decisión proferida el 9 de julio de 2003 por la Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta. Así se decide.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada el 9 de julio de 2003 por la Corte de Apelaciones Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por los Defensores del adolescente.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho al debido procesolibertad personalinadmisibilidadCorte de ApelacionesEstado YaracuyadolescenteLey Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente

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