Sentencia N° 3482 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3482, Exp. 04-1784, 11/11/2005
Expediente04-1784
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-11
DecisiónHomologa el desistimiento de la apelación
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por la Asociación Civil “Congregación Or Shalom” contra un auto de secuestro dictado por un Juzgado de Primera Instancia. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y homologó el desistimiento de la apelación interpuesta contra la sentencia que declaró improcedente la acción de amparo. Finalmente, se declaró firme la decisión del Juzgado Superior que había declarado improcedente la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Observa la Sala, que el 4 de agosto de 2004, la abogada María Isabel Salazar Castillo, actuando en su carácter de co-apoderada judicial de la asociación civil “Congregación Or Shalom”, desistió de la apelación ejercida el 21 de junio de 2004, contra la sentencia dictada el 11 de junio de 2004, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En este sentido, la Sala comprueba que la abogada actuante tiene facultad expresa para desistir un nombre de su representada de la presente apelación. Así, visto que, en el caso de autos, no se encuentran comprometidos el orden público ni las buenas costumbres, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales se homologa el desistimiento que formuló la co-apoderada judicial de la asociación civil “Congregación Or Shalom”. Así se declara. Ahora bien, homologado el desistimiento de la apelación interpuesta contra la sentencia dictada el 11 de junio de 2004, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la referida decisión quedaría sometida a la consulta que establece el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
1.- HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO efectuado por la abogada María Isabel Salazar Castillo, actuando en representación de la Asociación Civil “CONGREGACIÓN OR SHALOM”, de la apelación ejercida el 21 de junio de 2004, contra la sentencia del 11 de junio de 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo dictado el 11 de junio de 2004, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
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