Sentencia N° 348 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de marzo de 2026
TSJ/SC, Sent. N° 0348, Exp. 25-0380, 25/03/2026
Expediente25-0380
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por César Eduardo Gómez Mayorca y Juan Francisco Gómez Mayorca, quienes impugnaron una decisión de la Sala 8 de la Corte de Apelaciones. La acción fue declarada terminada por abandono del trámite, dado que la parte actora no mostró interés en continuar con el proceso durante más de seis meses. Además, se impuso una multa a la parte actora por el abandono del trámite.
Extracto de la motiva
Efectivamente, conforme a tal criterio la solicitante de la pretensión de amparo constitucional debe manifestar a lo largo del proceso el interés en que su acción sea resuelta. Expuesto lo que antecede y verificada como fue la inactividad de la parte actora por más de seis (6) meses, y con la finalidad de no abarrotar ni cargar al aparato judicial con expedientes en los que el accionante, ha dejado en total evidencia su falta de interés en la resolución de la causa; y sin que ello implique la violación al principio del juez natural, es que esta Sala, visto que los derechos denunciados como quebrantados solo tienen incidencia en la esfera particular del quejoso, sin que de alguna manera se afecte el orden público, las buenas costumbres o una parte de la colectividad, al haber una pérdida de interés de la parte accionante en obtener la tutela del sistema judicial, se declara terminado el procedimiento por abandono del trámite, respecto a la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesta por los ciudadanos César Eduardo Gómez Mayorca y Juan Francisco Gómez Mayorca, contra la decisión dictada el 2 de abril de 2025, por la Sala 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por el Profesional del Derecho GERARDO MIGUEL PERNÍA VERA, actuando en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos CÉSAR EDUARDO GÓMEZ y JUAN FRANCISCO GÓMEZ MAYORCA, contra la decisión dictada en fecha 20 de agosto del 2024, por el Tribunal Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; y en consecuencia, SE CONFIRMA la Decisión Recurrida.