Sentencia N° 3479 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3479, Exp. 03-0491, 11/12/2003
Expediente03-0491
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-12-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de amparo interpuesta por un grupo de estudiantes de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales, quienes fueron expulsados por su participación en protestas. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que no era posible restablecer la situación jurídica de los accionantes. La Sala Constitucional, al revisar el caso, confirmó esta decisión, señalando que la acción de amparo no podía restablecer la situación infringida debido a que los hechos ya habían ocurrido y no era posible revertirlos.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional tiene como finalidad proteger los derechos constitucionales de los accionantes. Así, una de sus características fundamentales es su naturaleza restablecedora y no constitutiva, por cuanto los efectos que se pueden lograr con la sentencia que al respecto se dicte son sólo restitutorios, sin que puedan crearse, modificarse o extinguirse situaciones jurídicas que no existían para el momento de la interposición de la acción de amparo. En razón de lo antes expuesto, el amparo constitucional resulta inadmisible, cuando no pueda restablecerse la situación jurídica denunciada como infringida, es decir, cuando no puedan retrotraerse las circunstancias fácticas al estado que poseían antes de interponerse la acción correspondiente.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada, el 23 de noviembre de 1995, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSÉ MALUENGA, WILMER GERDE, ALEXANDER GERDE, JOSÉ BETANCOURT, LINO PEÑA, MARBIS ALVARADO, JAVIER OROZCO y GRISMAR TOVAR, antes identificados, asistidos por el abogado Francisco Rafael Estrada Morales, contra el Consejo Disciplinario Estudiantil del Vice-Rectorado de Planificación y Desarrollo Regional de la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales “Ezequiel Zamora” (UNELLEZ).

Palabras clave

amparoexpulsiónuniversidadderechos estudiantilesprocedimiento administrativoconstitucionalinadmisiibilidad

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