Sentencia N° 347 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de marzo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 347, Exp. 04-0475, 11/03/2004
Expediente04-0475
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2004-03-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional se pronunció sobre la inadmisibilidad de los escritos de recusación presentados por los abogados Carlos Alberto Guevara Solano y Gerardo Blyde contra los Magistrados Iván Rincón Urdaneta y Jesús Eduardo Cabrera Romero. La decisión se fundamenta en que la intervención de terceros adhesivos solo puede tener lugar después de que la causa formalmente exista y haya sido admitida la acción. En este caso, la solicitud de recusación fue considerada extemporánea, ya que no se había admitido la acción correspondiente.
Extracto de la motiva
Dada la letra de la norma, la intervención de los terceros adhesivos que vienen a coadyuvar con las partes, no puede tener lugar sino después que la causa formalmente exista, con las partes definidas, es decir, después que se ha admitido la acción. En consecuencia, la pretensión adhesiva de quienes se presentaron como terceros es extemporánea en esta fase del proceso, cuando aún no se ha admitido la acción, y así se decide. La Sala reconoce, que en anteriores oportunidades, se han calificado con tal cualidad a los terceros coadyuvantes en el auto de admisión de la acción, pero ello ha conducido a que aun antes de dicho auto quienes se presentan como terceros realicen una copiosa actividad en detrimento de la marcha de la Sala, lo cual redunda en contra del proceso y la celeridad procesal. Continua la Sala en el precitado fallo, señalando lo siguiente: ......no pueden actuar en juicio, sino sólo los aceptados como partes, después que exista un auto de admisión que permita relaciones jurídicas con respecto a admitidos como partes.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declaran INADMISIBLES los escritos de recusación presentados por los abogados CARLOS ALBERTO GUEVARA SOLANO y GERARDO BLYDE, contra los Magistrados Iván Rincón Urdaneta y Jesús Eduardo Cabrera Romero. Publíquese, regístrese y comuníquese.