Sentencia N° 3464 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3464, Exp. 04-3294, 11/11/2005
Expediente04-3294
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo constitucional presentada por Oswaldo José Martínez Ojeda contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. La decisión se fundamenta en la falta de acompañamiento de la copia certificada del expediente del amparo, requisito indispensable para la admisión de la pretensión. La Sala resalta que los demandantes no cumplieron con su carga procesal y no alegaron imposibilidad para obtener el documento requerido.
Extracto de la motiva
En el caso sub examine, los defensores del demandante en amparo denunciaron la violación a los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la defensa, por cuanto la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar habría vulnerado los mismos cuando omitió pronunciamiento respecto de la pretensión de amparo que propuso la referida defensa contra la Jueza Tercera de Primera Instancia en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal. Ahora bien, se observa, en el expediente continente de la pretensión de amparo, que los peticionarios se limitaron a la consignación de su escrito de solicitud de amparo y a la corrección del escrito, exclusivamente en lo que respecta a la identificación del quejoso y sus representantes judiciales, sin el acompañamiento de copia certificada del expediente del amparo que habían incoado previamente ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. Ello, de conformidad con lo que preceptúa el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, constituye un requisito impretermitible para la admisión de cualquier pretensión.
Dispositiva
Por las razones que fueron expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional que incoó el ciudadano OSWALDO JOSÉ MARTÍNEZ OJEDA contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. Publíquese, regístrese y notifíquese.
Palabras clave
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