Sentencia N° 3461 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3461, Exp. 03-0759, 10/12/2003
Expediente03-0759
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar la apelación interpuesta por la abogada Linda Musali Andrade, en representación del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. La apelación se refería a la decisión que autorizó la venta de bienes embargados, la cual fue considerada improcedente por el juez de amparo debido a la falta de motivación en el informe pericial y la oposición de la demandada a la venta. La Sala concluyó que la decisión del juez agraviante vulneró las garantías constitucionales de la justicia imparcial y el debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada LINDA MUSALI ANDRADE, en su carácter de Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en contra de la decisión del 17 de diciembre de 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se CONFIRMA la decisión del a quo.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada LINDA MUSALI ANDRADE, en su carácter de Suplente Especial del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en contra de la decisión del 17 de diciembre de 2002, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Se CONFIRMA la decisión del a quo.
Palabras clave
amparo constitucionalembargo preventivoderechos constitucionalesjusticia imparcialdebido procesoventa de bienesinforme pericial