Sentencia N° 345 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0345, Exp. 19-0563, 19/11/2019
Expediente19-0563
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° RC. 000288 dictada por la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación interpuesto por la demandada, MULTINACIONAL DE SEGUROS S.A., y revocado un fallo anterior. La revisión se fundamentó en alegaciones de violaciones al debido proceso y a la seguridad jurídica por parte de la Sala de Casación Civil al computar incorrectamente los plazos procesales. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos, decidió suspender los efectos de la sentencia impugnada y ordenó la remisión del expediente correspondiente para su revisión.
Extracto de la motiva
motivación alguna, a través de una serie de oficios, así como de llamadas cruzadas entre la Sala de Casación Civil y el Tribunal de Alzada, se subsanó la falta en que incurriese este último, el cual, conforme al Artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, debía remitir un cómputo certificado con indicación expresa del último de los diez (10) días a efecto de anunciar el Recurso de Casación. Es de extrañar que, el cómputo a los fines de establecer los días hábiles a efectos del anuncio que se recoge en todo auto de admisión del Recurso de Casación, son precedidos del establecimiento del último de los sesenta (60) días para dictar el fallo señalando, incluso, el día en que se dictó la sentencia objeto del recurso extraordinario (Casación)”. (Negritas del escrito). Que, “[l]a Sala de Casación Civil, se hizo eco de dicho error, pese a que contaba con todas y cada una de las piezas del expediente, lo que se traducía en la posibilidad de dar certeza al primer lapso a verificar en la determinación del tiempo hábil para el anuncio del Recurso de Casación: el vencimiento del lapso paro dictar sentencia (…), lapso que solicitamos a esta Sala sea revisado con detenimiento”. (Negritas del escrito). Que, lo alegado por parte de MULTINACIONAL DE SEGUROS, C.A., referente
Dispositiva
1.- Declara COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión de la sentencia n° RC. 000288 dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 18 de julio de 2019. 2.- ACUERDA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS de la sentencia de la sentencia n.° RC-000288 dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- ORDENA a la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia que remita a esta Sala, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes al recibo de su notificación, el expediente alfanumérico n.° AA20-C-2018-000661.