Sentencia N° 3443 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de noviembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3443, Exp. 04-3317, 11/11/2005
Expediente04-3317
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-11
DecisiónNotifíquese lo conducente.
Resumen
La Sala Constitucional se pronuncia sobre la solicitud de revisión por inconstitucionalidad de una sentencia dictada por la Sala de Casación Civil. Se destaca la importancia de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de las partes involucradas. Se ordena notificar a un abogado sobre la renuncia de poder de otros abogados que representaban a la sociedad mercantil ADMINISTRADORA POMONA, C. A.
Extracto de la motiva
Esta Sala, en aras de garantizar el debido proceso a las partes y su derecho a la defensa, ordena notificar al abogado René Faria Colotto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 197, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA POMONA, C. A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 16 de diciembre de 1993, bajo el N° 38, Tomo 17-A, de la renuncia de los abogados Marelys D’Arpino, Oscar Angulo, Carlos Israel D’Arpino y María José Mata, antes identificados, a la sustitución de poder por él realizada el 2 de diciembre de 2004, ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Baruta del Estado Miranda, para que una vez que conste en autos la notificación practicada, ratifique dentro de las 48 horas siguientes la solicitud de revisión propuesta.
Dispositiva
Notifíquese lo conducente. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.