Sentencia N° 344 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0344, Exp. 23-0138, 23/10/2024
Expediente23-0138
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-10-23
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por los abogados de las ciudadanas Zapata Pinzón, quienes buscaban la nulidad de la decisión de la Sala Diez de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala declaró el recurso INADMISIBLE por extemporáneo, ya que se interpuso fuera del lapso legal establecido. La decisión reafirma la firmeza de la sentencia de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
motivado a que guarda relación con la causa penal seguida en contra de la Ciudadana MARÍA LORIDANA DA SILVA llevada en dicho Tribunal TERCERO: Acto seguido, se solicita se exhiban los instrumento de control correspondientes a la referida causa especificadamente el libro de entrada y salida correspondiente al Expediente Nro. 4 folio 071, visualiza el folio 035, con fecha de entrada 08-08-2016 indiciados CARLY DANIEL ZAPATA WILLIANS SILVA agraviado Da Caiceicelcao Rodríguez Josuel, delito de sicaríato y asociación para delinquir, procedencia URDD/ Tribunal Séptimo (07) de Control Asimismo se deja constancia textualmente de los siguientes asientos: Sección de Entrada: ‘Se recibe expediente original (compulsa) proveniente de la URDD, constante de 01 pieza, con ochenta y cinco (85) folios útiles (compulsa) con detenidos’ Sección de Salida: ‘17.04.14 Se remite la presente causa al Juzgado 7mo de Control por devolución constante de (01) compulsa a objeto que sea compulsadas las dos piezas, para proceder a la fijación del acto de la ley. Se remitió la compulsa constante de (98) folios útiles, mediante oficio Nro 545-17 sea devuelto a la brevedad posible.’ Nota: se solicita el expediente original completo a objeto de la apertura el juicio’ CUARTO: se deja constancia de oficio Nro. 353-22 de fecha 26-08-2022, dirigido al Tribunal Trigésimo Primero (31) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, recibido en fecha 29-08- 2022, mediante el cual se solicita la remisión de la
Dispositiva
1.- Que es COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación interpuesto el 11 de enero de 2023, por los abogados Gregorio Jesús Herrera y Lizangel José Utrera Ortiz, ya identificados, actuando en representación de las ciudadanas Zapata Pinzón Mersy Beatriz y Zapata Pinzón Astrid Lourdes, la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2022, por la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, de conformidad con lo establecido en el cardinal 1 del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 2.- INADMISIBLE por extemporáneo el aludido medio de impugnación. 3.- QUEDA DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia dictada el 30 de noviembre de 2022.