Sentencia N° 343 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de marzo de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0343, Exp. 25-0061, 18/03/2025
Expediente25-0061
PonenteTania D’amelio Cardiet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la revisión de la sentencia N° 362 dictada por la Sala de Casación Civil, que declaró sin lugar un recurso extraordinario de casación. Los solicitantes argumentaron que la decisión vulneró sus derechos constitucionales, especialmente el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva. La Sala, tras analizar los alegatos, decidió asumir la competencia para conocer la solicitud de revisión y declaró procedente la medida cautelar solicitada, suspendiendo los efectos de la sentencia condenatoria por daño moral dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia.

Extracto de la motiva

Que “al no haber pronunciamiento respecto de la falsedad o temeridad de la denuncia penal es obvio que no procede la indemnización por daños y perjuicios morales reclamada conforme a reiterada doctrina de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y ningún Juez con competencia Civil y Mercantil del país puede contradecir este criterio doctrinario y jurisprudencial reiterado y uniforme de nuestro máximo Tribunal del país que siempre ha exhortando a los Jueces de instancia a mantener la integridad de la legislación y la uniformidad de la jurisprudencia”. Que “esa sentencia accionada en revisión de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 21-06-2024, Nro. 000362, Expediente AA20-C-2024-000217, mencionada y transcrita, se incurrió en menoscabo al derecho a la defensa y tutela judicial efectiva de nosotros los demandados y la violación de los principios constitucionales de expectativa plausible, confianza legitima, seguridad jurídica y estabilidad de criterio, pues se aplicó un criterio contrario a la doctrina y jurisprudencia de esa Sala de Casación Civil y/o dejó de aplicarse el criterio constante y reiterado de vieja data derivado de sus múltiples decisiones referente al daño moral por hecho ilícito. Todo eso evidente de manera ostensible de los autos y de la misma Sentencia de fecha 21-06-2024, Nro. 000362, Expediente AA20-C-2024-000217, emanada de la Sala Civil”.

Dispositiva

Se declara procedente la solicitud de medida cautelar y en consecuencia SUSPENDE los efectos del fallo dictado el 31 de julio de 2023, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas conjuntamente con la sentencia aclaratoria de fecha 22 de septiembre de 2023.

Palabras clave

revisión constitucionalmedida cautelardaño moral

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