Sentencia N° 3421 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de noviembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3421, Exp. 03-1844, 09/11/2005
Expediente03-1844
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de interpretación constitucional interpuesto por la abogada Ninfa Esther Díaz Bermúdez, en relación a los artículos 29 y 271 de la Constitución. La recurrente planteó dudas sobre el alcance normativo de dichos artículos, argumentando que han sido objeto de decisiones desfavorables en tribunales inferiores. Sin embargo, la Sala concluye que las interrogantes planteadas ya han sido resueltas en sentencias anteriores, y que el recurso no persigue fines adecuados para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, con relación al recurso de interpretación constitucional, esta Sala hizo un análisis exhaustivo de tal figura jurídica en su sentencia del 22 de septiembre de 2000 (Caso: Servio Tulio León), y estableció, respecto a la competencia para el conocimiento del mismo, lo siguiente: 'A esta Sala corresponde con carácter exclusivo la interpretación máxima y última de la Constitución, y debido a tal exclusividad, lo natural es que sea ella quien conozca de los recursos de interpretación de la Constitución, como bien lo dice la Exposición de Motivos de la vigente Carta Fundamental'. En atención a lo dispuesto en la sentencia parcialmente transcrita, esta Sala declara su competencia para el conocimiento del presente recurso de interpretación constitucional, y así se declara.
Dispositiva
Con fundamento en las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación constitucional interpuesto por la abogada NINFA ESTHER DÍAZ BERMUDEZ de los artículos 29 y 271 de la Constitución. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
interpretacion constitucionalderechos humanosimpunidadpresuncion de inocenciadelitos de lesa humanidadmedidas cautelarescompetenciaconstitucion