Sentencia N° 342 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 342, Exp. 10-0898, 24/03/2011
Expediente10-0898
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por los defensores de Roger Ramón Martínez, quien alegaba violaciones a sus derechos constitucionales en el proceso penal que se le seguía. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que existían vías ordinarias para impugnar la decisión del tribunal inferior. La Sala, al revisar el caso, concluyó que la acción de amparo era inadmisible debido a que el demandante no había agotado los recursos judiciales ordinarios disponibles, como la apelación.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional que dio origen a la decisión objeto de la presente apelación, se fundamenta en la violación de los derechos al “Debido Proceso, La Tutela Judicial Efectiva, La igualdad de las partes, privándolos ilegítimamente de su libertad” (sic) y del principio de legalidad de los actos o formas procesales. Al respecto, la parte accionante señaló que “…No tomó en cuenta el Tribunal de juicio el hecho que, el Ministerio Público, ni consignó su acusación, en los cinco días antes a la audiencia fijada y por supuesto el no estar en la hora del juicio, y el sólo hecho de haberlo diferido causó violación al debido proceso, a su estado de libertad que tenía el juez que acordarlo, YA LA UTILIDAD FUTURA, NO TENÍA PARA ESTE JUICIO EFECTOS SUSTANTIVOS DEL DELITO, Y SÓLO ERA PROCEDENTE LOS PROCESALES DE ESTA CAUSA…” (Negritas, mayúsculas y subrayado de la parte accionante).

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el defensor privado del ciudadano ROGER RAMÓN MARTÍNEZ, contra la decisión dictada, el 22 de junio de 2010, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico; en consecuencia, se CONFIRMA, en los términos expuestos, la referida decisión mediante la cual se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida.

Palabras clave

habeas corpuslibertadministerio públicoacción de amparoderechos constitucionalesprocedimiento penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca