Sentencia N° 342 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de marzo de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 342, Exp. 06-1385, 01/03/2007
Expediente06-1385
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-03-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia de amparo a favor de PANACHE MODAS S.R.L., anulando la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia que había homologado una transacción entre las partes. Se argumentó que la sentencia del 16 de mayo de 2006 violó el principio de cosa juzgada, ya que la transacción anterior había sido homologada y adquirió fuerza de cosa juzgada. La Sala declaró que la acción de amparo era procedente y que la decisión apelada no se ajustaba a derecho.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el caso, concluyó que la sentencia del 16 de mayo de 2006 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, violó los derechos constitucionales de la parte accionante, al ordenar la homologación de una transacción que ya había sido negada y estaba firme. Se destacó que la intención de las partes en las transacciones sucesivas no era crear una nueva relación arrendaticia, sino dar por terminado el juicio anterior. La Sala enfatizó que el proceso no debe ser utilizado para fines distintos a los que le son propios, y que la decisión del a quo constitucional fue correcta al proteger los derechos de la parte demandante.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Roso Antonio Castillo, en su carácter de apoderado judicial de Adenahir C.A contra la decisión dictada el 11 de agosto de 2006 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar el amparo intentado contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. Se declara la nulidad de la sentencia dictada el 16 de mayo de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se declara firme el auto dictado el 1° de marzo de 2005, por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la ejecución de la sentencia solicitada por Adenahir C.A. Y, se confirma la decisión sometida a apelación dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 11 de agosto de 2006.
Palabras clave
amparocosa juzgadatransacciónarrendamientoindemnizaciónderechos constitucionalesejecución de sentencia