Sentencia N° 341 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de marzo de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 341, Exp. 10-0956, 24/03/2011
Expediente10-0956
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-03-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior Primero Agrario que había declarado sin lugar la acción reivindicatoria presentada por Emperatriz Grimaldo de Waithe contra José Ramón Roa Pérez. La Sala concluyó que el juzgador inferior había incurrido en violaciones a normas constitucionales al exigir una experticia topográfica que no era necesaria para demostrar la identidad del bien reivindicado, ya que existían otros medios probatorios suficientes. Por lo tanto, se declaró con lugar la solicitud de revisión y se anuló la sentencia impugnada, ordenando que un nuevo juzgador decidiera sobre la apelación interpuesta.

Extracto de la motiva

En el presente caso se pretende la revisión de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas con competencia como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativo Especial Agrario, con ocasión a la acción reivindicatoria intentada por la ciudadana Emperatriz Grimaldo de Waithe contra el ciudadano José Ramón Roa Pérez. Dicho fallo considerado como lesivo, revocó la sentencia emitida por la primera instancia, que había declarado con lugar la acción de reivindicación a la que se ha hecho referencia, por considerar que no se demostraron los extremos para su procedencia, específicamente, la total y exacta identificación del bien sobre el cual se pretende realizar la reivindicación solicitada, la cual, a juicio del juzgador “única y exclusivamente era posible mediante la práctica de una prueba de experticia topográfica sobre la extensión a reivindicar, cuyos alcances y consideraciones debían determinar con exactitud, si los linderos individuales del lote de terreno ocupados por los demandados José Ramón Roa Pérez y Ligia Marlene Méndez de Pérez, correspondían efectivamente a los linderos particulares alegados y formulados por la demandante en su libelo: Todo ello, según la ubicación espacial determinada por cartas de posicionamiento global, que establecieran fehacientemente dicha coincidencia de ubicación mediante coordenadas de trazo meridional (UTM), con lo cual se demostraría tal pretensión... Tal fallo, a juicio del accionante, incurrió en violaciones a normas de rango constitucional, tales como las consagradas en los artículos 115 y 257 de la Carta Magna, que afectan tanto el derecho a la propiedad como el proceso como instrumento para la realización de la justicia, pues habiendo aportado todos los elementos probatorios necesarios para la procedencia.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara HA LUGAR a la solicitud de revisión planteada por el abogado Virgilio Acosta, actuando en nombre y representación de la ciudadana EMPERATRIZ GRIMALDO DE WAITHE, de la sentencia dictada, el 19 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Metropolitano de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas con competencia como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativo Especial Agrario y en materia de expropiación agraria, y repone la causa al estado en que un nuevo juzgador decida la apelación interpuesta por el abogado Manuel Pinto Delgado, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos José Ramón Roa Pérez y Ligia Marlene Méndez de Pérez contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 23 de mayo de 2005.

Palabras clave

reivindicaciónderecho a la propiedadproceso judicialpruebasconstitucionalidadinstituto agrario

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