Sentencia N° 3405 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3405, Exp. 03-0504, 04/12/2003
Expediente03-0504
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Morales Sueque y Said Vecchionacce Iglesias. La acción se fundamentó en la supuesta usurpación de funciones por parte del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, al ejecutar decisiones que consideraban inconstitucionales. La Sala concluye que no se vulneraron los derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso, ya que el juez actuó dentro de su competencia y conforme a la ley.

Extracto de la motiva

La Sala considera que en el presente caso no estamos en presencia de las violaciones constitucionales invocadas por los accionantes, tal como lo señaló el a quo, y así se declara. Con fundamento a los motivos antes expuestos, esta Sala debe confirmar la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 31 de enero de 2003, que declaró sin lugar la presente acción de amparo constitucional por considerarla improcedente, y así se decide.

Dispositiva

CONFIRMA en los términos expuestos la decisión dictada el 31 de enero de 2003, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos CARLOS MORALES SUEQUE y SAID VECCHIONACCE IGLESIAS.

Palabras clave

amparo constitucionalusurpación de funcionesdebido procesoderechos fundamentalesejecución de sentencia

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