Sentencia N° 3402 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3402, Exp. 02-2396, 04/12/2003
Expediente02-2396
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-12-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al examinar el expediente remitido por el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes, se encuentra con la falta de una página en la sentencia apelada. Esta situación impide decidir sobre la apelación presentada por la NAVIERA INDUSTRIAL S.A. contra la decisión del Juzgado. Por lo tanto, se ordena al juzgado remitente que envíe la copia completa de la decisión para poder continuar con el proceso. La Sala establece un plazo de 48 horas para la remisión de la información solicitada.
Extracto de la motiva
Que, en la copia consignada de la sentencia apelada, falta la página que debe contener la última parte de la narrativa y la parte dispositiva de la decisión, lo cual se determina en primer lugar, con la lectura de la misma, y se comprueba también, si se observa la anterior foliatura (que aparece tachada), en la cual la copia salta de la página seiscientos ochenta y uno (681) a la página seiscientos ochenta y tres (683), sin que la nueva numeración efectuada al rehacer la foliatura del expediente, se haya percatado de tal falta, por lo cual la nueva foliatura es continua. Que, esta Sala Constitucional a fin de poder decidir conforme a los recaudos existentes dicta el presente auto, y ordena oficiar al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en la Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental, a fin de que remita a esta Sala, copia completa de la decisión en referencia. Asimismo, y en aras de facilitar la continuación del proceso, acuerda requerir igualmente tal consignación de las partes interesadas en el presente juicio, para lo cual se les deberá notificar del presente auto, para la consignación de la copia completa de la sentencia en examen en esta Sala, a fin de que una vez recibida la copia completa de la decisión, consignada por cualquiera de las partes o remitida por el tribunal, la Sala pueda proceder a decidir la apelación presentada.
Dispositiva
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparoapelaciónsentenciacontencioso administrativofalta de páginadecisiónprocesonotificación
¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.