Sentencia N° 3401 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de octubre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3401, Exp. 05-1795, 07/11/2005
Expediente05-1795
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por los defensores de Marcial Fontes González, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, que declaró inadmisible el recurso de revisión. La Sala argumenta que el recurso no perseguía la nulidad de la sentencia condenatoria, sino que buscaba beneficiar a un tercero, lo cual contraviene lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La acción de amparo fue interpuesta contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, mediante la que se declaró inadmisible el recurso de revisión interpuesto, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Reenvío de ese Circuito Judicial Penal, que en criterio del actor lo condenó por la comisión del delito de tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, teniendo como pruebas fundamentales testimoniales falsas. Por su parte, la Corte de Apelaciones consideró que el recurso de revisión devenía en inadmisible, toda vez que el mismo no perseguía la nulidad de la sentencia condenatoria y consecuente absolución del imputado, sino favorecer a un tercero - Sociedad Mercantil Servicios Campesinos Guanarito C.A- a través de la reivindicación o restitución de los bienes recogidos o incautados durante la fase de investigación en el proceso principal, de los cuales resultaba propietaria dicha sociedad.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por los defensores del ciudadano MARCIAL FONTES GONZÁLEZ, contra la decisión dictada, el 13 de junio de 2005, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa.
Palabras clave
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