Sentencia N° 3386 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3386, Exp. 03-2201, 03/12/2003
Expediente03-2201
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por Oliver Eduardo Cova García. La Sala argumenta que la juez de la causa actuó dentro de los límites de su competencia y no vulneró derechos constitucionales, ya que la decisión de otorgar medidas cautelares sustitutivas a otro co-imputado se basó en circunstancias personales que no son aplicables al quejoso. Se establece que las medidas cautelares deben ser evaluadas individualmente, considerando las particularidades de cada imputado.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la defensa del ciudadano Oliver Eduardo Cova García denunció la violación de los derechos de su representado a la igualdad ante la ley, a la libertad y seguridad personal y al debido proceso que acogieron los artículos 21, 44 y 49 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, cuando negó la solicitud de revisión de la medida privativa de libertad que cumple el imputado y declaró improcedente la aplicación del efecto extensivo de la medida cautelar sustitutiva que había dictado al co-imputado Mohamed Hernández Perdomo. La Sala n° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró sin lugar la pretensión de amparo pues, a su juicio, la juez de la causa actuó dentro de los límites de su competencia y no conculcó derecho constitucional alguno, ya que el decreto de las medidas sustitutivas de la privativa de libertad, que le fueron otorgadas al co-imputado Mohamed Hernández Perdomo, fue sustentado en la verificación de una serie de circunstancias subjetivas que no pueden extenderse al quejoso u otros co-imputados y que garantizan, en este caso específico, la realización del juicio en estado de libertad.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión que fue objeto de apelación que dictó la Sala n° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 15 de agosto de 2003 y declara SIN LUGAR la demanda de amparo que interpuso la defensa del ciudadano OLIVER EDUARDO COVA GARCÍA contra el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal. En consecuencia, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que se incoó contra la precitada sentencia.
Palabras clave
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