Sentencia N° 3378 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3378, Exp. 03-0688, 03/12/2003
Expediente03-0688
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anuló la decisión de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes que había declarado con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la defensora pública en representación de un adolescente. La Corte Superior había decretado la nulidad de una decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores, argumentando violaciones al debido proceso y al principio de irretroactividad de la ley. Sin embargo, la Sala Constitucional determinó que la Corte Superior no cumplió con el procedimiento establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional está concebida como una protección de derechos y garantías constitucionales, por lo que el ejercicio de la acción está reservado para restablecer situaciones que provengan de las violaciones de tales derechos y garantías. No se trata de una nueva instancia judicial, ni de la sustitución de medios ordinarios para la tutela de derechos o intereses, se trata de una reafirmación de valores constitucionales, en la cual el juez puede pronunciarse acerca del contenido o aplicación de las normas que desarrollan tales derechos, revisar su interpretación o establecer si los hechos de los que se deducen las violaciones invocadas constituyen una violación directa de la Constitución. Expuestos como han sido los motivos por los cuales la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta, esta Sala pasa a decidir sobre la consulta en los siguientes términos: Del escrito libelar y de los recaudos que acompañan al mismo, se evidencia que la acción de amparo fue incoada contra la decisión dictada por el suprimido Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 10 de abril de 2000, que condenó al accionante a medida de internamiento por cinco (5) años, contados a partir de su detención ocurrida el 26.10.99, en un instituto de reeducación, en régimen cerrado dependiente del entonces Instituto Nacional del Menor; la cual corre inserta a los folios 5 al 8 de la causa. Dicha decisión se fundamentó en los artículos 87, 107, numeral 4, 118 y 147 de la derogada Ley Tutelar de Menores. Asimismo, consta que el 3 de octubre de 2000, el Juzgado de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ordenó la ejecución de la sentencia definitivamente firme proferida por el suprimido Juzgado.
Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ANULA la decisión dictada por la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, el 14 de febrero de 2003, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana DAISY YÁNEZ BETANCOURT, defensora pública décima quinta, adscrita a la Sección de Adolescentes de la Unidad Autónoma de la Defensa Pública del referido Circuito Judicial, en representación de un adolescente, cuya identidad se reserva, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, contra el suprimido Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; y ORDENA a la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui reponer la causa al estado de cumplir con el procedimiento de amparo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, siguiendo la doctrina vinculante de esta Sala.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos humanosdebido procesoirretroactividadLey Orgánica de AmparoLey Orgánica para la Protección del Niño y del AdolescenteCorte SuperiorJuzgado de Menores