Sentencia N° 337 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de julio de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0337, Exp. 20-0450, 22/07/2021
Expediente20-0450
PonenteRENÉ ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-07-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre dos juzgados en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Ángel Leonardo Sierra Rodríguez. La acción se originó por la supuesta violación de derechos fundamentales en un procedimiento administrativo de recuperación de un inmueble adjudicado al demandante. La Sala declaró competente al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua para conocer del caso, ordenando la remisión del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
MOTIVACIONES PARA DECIDIR Establecido lo anterior, pasa esta Sala a pronunciarse acerca del conflicto de competencia planteado en el presente caso y, al respecto, se observa lo siguiente: El Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante sentencia dictada el 16 de marzo de 2020, se declaró incompetente por la materia, declinando la competencia para el conocimiento del asunto en el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, al cual resultara asignada la causa luego del proceso de distribución respectivo, en virtud de la acción de amparo propuesta por el ciudadano Ángel Leonardo Sierra Rodríguez contra la Coordinación de Redes Populares Oficina Regional de Aragua, ente adscrito al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH). Luego, por decisión dictada el 8 de mayo de 2020, el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, se declaró incompetente para
Dispositiva
1- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ÁNGEL LEONARDO SIERRA RODRÍGUEZ, actuando en su propio nombre sin representación y/o asistencia de abogado contra la Coordinación de Redes Populares Oficina Regional de Aragua, ente adscrito al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH). 2- Que el COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano ÁNGEL LEONARDO SIERRA RODRÍGUEZ, actuando en su propio nombre sin representación y/o asistencia de abogado contra la Coordinación de Redes Populares Oficina Regional de Aragua, ente adscrito al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), es el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.