Sentencia N° 3367 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3367, Exp. 05-0546, 04/11/2005
Expediente05-0546
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-04
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono de trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional por abandono de trámite, debido a la inactividad de la parte actora durante más de seis meses. Se argumenta que la falta de impulso en el proceso ocasiona la extinción de la instancia, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Además, se impone una multa a la parte actora por el entorpecimiento de las labores judiciales.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y, con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, correspondiente a la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Yamileth del Carmen Belandria Contreras y Ricardo José Messina Pacheco, actuando en su carácter de defensores de los ciudadanos LUIS RAFAEL SÁNCHEZ GARCÍA y JEIKEL RAFAEL SANCHÉZ TAGLÁIFICO, contra la decisión dictada el 21 de febrero de 2005, por la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso de apelación incoado por el Ministerio Público, contra la decisión dictada el 29 de noviembre de 2004, por el Juzgado Noveno de Juicio de ese mismo Circuito Judicial Penal, revocó dicho fallo, decretó medida de privación judicial preventiva de libertad contra los referidos ciudadanos y ordenó realizar un nuevo juicio oral y público, con ocasión al proceso penal seguido por ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes.

Palabras clave

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