Sentencia N° 3361 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3361, Exp. 05-1086, 04/11/2005
Expediente05-1086
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-11-04
DecisiónAnula

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia dictada el 21 de marzo de 2005 por el Juzgado Vigésimo Tercero en Funciones de Juicio, que desaplicó una norma legal sin especificar cuál, en favor de Orlando Piña Vales, acusado de transporte ilícito de sustancias estupefacientes. La Sala determinó que la falta de indicación de la norma desaplicada constituye un requisito esencial y, por lo tanto, la sentencia es nula. Se ordena dictar nuevamente sentencia.

Extracto de la motiva

El artículo 334 constitucional atribuye a todos los jueces de la República la obligación de asegurar la integridad de la Constitución, siempre dentro del ámbito de su competencia y conforme a lo previsto en el mismo Texto Fundamental; lo que se traduce en el deber de ejercer, aún de oficio, el control difuso de la constitucionalidad de las leyes o normas jurídicas, a fin de garantizar la supremacía constitucional y resolver por esta vía, los conflictos o colisiones que puedan presentarse en cualquier causa, entre normas legales o sublegales y una o varias disposiciones constitucionales, en cuyo caso deben aplicar preferentemente estas últimas. En este sentido, reitera la Sala que la revisión de las sentencias definitivamente firmes de control difuso de la constitucionalidad, redunda en una mayor protección de la Constitución e impide la aplicación generalizada de normas inconstitucionales o bien la desaplicación de normas ajustadas al Texto Fundamental, en perjuicio de la seguridad jurídica y del orden público constitucional. En el caso sub iudice, el 21 de marzo de 2005, el Juzgado Vigésimo Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, presuntamente desaplicó una norma legal -sin indicación de ésta- por control difuso de la constitucionalidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 334 constitucional, a favor del ciudadano Orlando Piña Vales, acusado por la presunta comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Dispositiva

ANULA la sentencia dictada el 21 de marzo de 2005 por Juzgado Vigésimo Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que presuntamente desaplicó una norma legal por control difuso de la constitucionalidad. ORDENA dictar nuevamente sentencia.

Palabras clave

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