Sentencia N° 336 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de mayo de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 336, Exp. 13-1183, 02/05/2014
Expediente13-1183
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-02
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de mayo de 2014, declaró no ha lugar la solicitud de revisión presentada por el abogado Jorge Eliecer Escalante Rodríguez en representación de Ignacio Valderrama Calderón. La solicitud se fundamentó en la supuesta vulneración de derechos y garantías constitucionales durante el proceso penal que culminó con la condena de Valderrama a trece años y cinco meses de prisión por delitos relacionados con sustancias estupefacientes y uso de documento falso.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el solicitante en revisión podía en su oportunidad procesal ejercer el recurso de apelación contra la decisión cuya revisión pretende, para que la Corte de Apelaciones competente conozca de las denuncias aquí formuladas. De igual forma, se observa que el solicitante no alegó y mucho menos probó la imposibilidad de ejercer el referido recurso de apelación. Por ello, estima la Sala que en el caso de marras se pretende utilizar la solicitud extraordinaria de revisión como una nueva instancia para que se conozcan la presunta actuación contraria a derecho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión planteada por el abogado Jorge Eliecer Escalante Rodríguez, en su condición de defensor del ciudadano IGNACIO VALDERRAMA CALDERÓN, ya identificados, de la decisión dictada el 02 de agosto de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo.

Palabras clave

revisiónderechos constitucionalesproceso penal

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