Sentencia N° 3349 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3349, Exp. 02-2225, 03/12/2003
Expediente02-2225
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una acción de amparo constitucional interpuesta por Antonio Audisio contra una homologación dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. La acción fue declarada inadmisible por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores, argumentando que no existía un hecho concreto que demostrara que el juzgado había actuado fuera de su competencia.
Extracto de la motiva
La homologación equivale a una sentencia firme, que en principio produciría cosa juzgada, pero ella será apelable si el juez -contrariando los requisitos que debe llenar el acto de autocomposición-, y que se desprenden de autos, lo da por consumado, ya que el desistimiento, el convenimiento o la transacción ilegales, no pueden surtir efecto así el juez las homologue, y por ello, solo en estas hipótesis dichos autos podrán ser apelables, lo que no excluye que si se encuentran viciados se pueda solicitar por los interesados su nulidad.
Dispositiva
PRIMERO: REVOCA la sentencia dictada el 29 de agosto de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Antonio Audisio, asistido por los abogados Jorge Luis Pérez y Deborah Katz, contra el auto dictado el 1 de febrero de 2002, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.