Sentencia N° 3343 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3343, Exp. 02-2434, 03/12/2003
Expediente02-2434
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2003-12-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar inadmisible la acción de amparo interpuesta por Seguros Bancentro C.A. contra una providencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia. La decisión se fundamentó en que la parte accionante había optado previamente por la vía ordinaria de apelación, lo que cerraba el acceso a la acción de amparo. La Sala argumentó que el amparo no es el medio adecuado cuando existen recursos ordinarios disponibles para la reparación de la situación jurídica alegada como vulnerada.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional es un mecanismo de protección de derechos fundamentales, pero su procedencia está condicionada al agotamiento de las vías ordinarias. En este caso, la parte accionante había interpuesto un recurso de apelación antes de solicitar el amparo, lo que implica que no se puede acudir a esta última vía. La Sala enfatiza que el uso de la apelación como medio ordinario de impugnación es suficiente para restablecer la situación jurídica, y que el amparo no debe ser utilizado como un recurso alternativo cuando existen otros medios procesales disponibles.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Salvador Rubén Yannuzzi Rodríguez e Ibrahim José Terán P., con el carácter de apoderados judiciales de Seguros Bancentro, C.A. SEGUNDO: en consecuencia, REVOCA la sentencia dictada el 19 de septiembre de 2002, por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por Seguros Bancentro C.A, contra la providencia dictada, el 17 de julio de 2002, por el Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.

Palabras clave

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